lunes, 2 de noviembre de 2015

Discriminación también es decirle viejo a un adulto mayor

En una encuesta llevada a cabo por la Universidad de Kent, un 100% de los encuestados afirmó haber sufrido discriminación motivada por su edad, representando un porcentaje mayor al que se da por sexismo o racismo.


Fue en 1968 cuando el doctor Robert Butler, médico, gerontólogo, psiquiatra y autor de libro que le mereció ganar un Premio Pulitzer, y que se distinguió por su trabajo en el campo de las demencias y el envejecimiento, quien acuñó el término viejismo (ageism en inglés), para describir la discriminación, que refiere al conjunto de estereotipos contra las personas mayores.

Otros términos que se escuchan son: gerontofobia, edadismo o etarismo, su mención se consideran como la tercera gran forma de discriminación en nuestra sociedad, las otras son: racismo a las personas de color y el sexismo al género, ya que esos términos se utilizan comúnmente para referirse en forma despectiva a un grupo social, en el caso que nos trae, el integrado por personas de avanzada edad cronológica.

La discriminación de hecho, puede venir de autoridades públicas, la comunidad o incluso por personas u órganos privados.

Cuáles son los estereotipos sobre la persona de edad avanzada?

La vejez es considerada como una etapa de cambio negativo, en la que predominan las pérdidas, la soledad y el dolor. Más sí, en la sociedad actual existen valores que resaltan la juventud y la modernidad, y lo contrario a ello da la impresión que se menosprecia.  Provocando en los jóvenes ver a los mayores de forma diferente a ellos mismos, por lo que no los consideran como iguales.

Estos prejuicios sociales, que no están basados en hechos, sino que parten de la desinformación y el desconocimiento, constituye el primer estadío hacia la discriminación real de las personas adultas mayores. Y la situación se puede agravar cuando es la propia persona mayor que acepta e incorpora a su vivir personal ese autoconcepto, lo que le genera no solo desequilibrio en su bienestar psicológico, sino que daños a su salud.

Tengamos la edad que tengamos, cada cual posee sus propias características definitorias. Indico esto porque según los estereotipos, asocian la vejez con ciertas características de personalidad, entre ellas: el mal humor, que son criticones, que tienen ciertas manías, etc. y nada más lejos de la realidad, ya que las personas tienden a mostrar esas características así tengan 15, 20, 30 o 40 años y continuarán igual cuando tengan 70, 80 o 90, porque también es un mito que esas conductas se acrecientan con la edad, al igual que entre el grupo de jóvenes podemos encontrar personas muy diferentes, lo haremos también entre personas de mayor edad.

Lo anterior lo afirman los estudios que analizan los tipos de personalidad y estilos de comportamiento de las personas a lo largo del ciclo vital

Son varios los países que tienen una legislación al respecto, que se basan en los principales tratados internacionales y regionales de los Derechos Humanos, aplican la ley sobre los lineamientos de términos a los que se refieren sus diferentes artículos que constituyen herramientas poderosas que deben ser puestas en marcha para eliminar todo tipo de discriminación.

Uno de esos tratados internacionales es el recientemente aprobado por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos sobre la protección a los derechos de las personas adultas mayores, con la firma de Argentina,  liderante del proceso, junto con Brasil, Chile, Costa Rica y Uruguay, en tiempo récord de un trabajo de tres años. Este instrumento jurídicamente vinculante, pasó a ser parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

• Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 9: pensiones de vejez) 
• Protocolo de San Salvador a la Convención Americana de Derechos Económicos Sociales y Culturales (Art. 17: protección especial durante la vejez). 
• Convención Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (Art. 18: medidas especiales de protección a los ancianos) 
• Carta Social Europea (Art. 23: protección especial de las personas de edad avanzada)
• Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores Capítulo lV artículo 5 y 6  (leer aquí el documento)
Una reflexión muy simple: ¿Cómo te gustaría que te traten cuando seas mayor? ¿Te sentirías bien el ser rechazado solo por tener una piel con arrugas?